Licencias ambientales, qué debes saber

A nivel federal y estatal todas las empresas y organizaciones deben cumplir con las leyes, reglamentos y normas ambientales que les apliquen, para garantizar esto se han desarrollado diversas herramientas, una de ellas son las Licencias Ambientales Únicas, a continuación se comentaran sobre la de CDMX y Edomex.

  • Licencia ambiental única para el Distrito Federal
  • Cédula de operación integral para fuentes fijas de jurisdicción estatal. Estado de México

Licencia ambiental única para el Distrito Federal

Obtención de la LAUDF por primera vez

La solicitud de la LAUDF se integra por el formato de solicitud y cinco anexos que son:

  1. Emisiones a la atmósfera
  2. Descarga de aguas residuales
  3. Generación y manejo de residuos sólidos
  4. Generación de ruido y vibraciones
  5. Registro de emisión y transferencia de contaminantes (RETC)

Estos anexos deben estar debidamente llenados y acompañados de los estudios correspondientes.

En el caso de LAUDF nueva los anexos A, B y D deberán acompañarse de los análisis de emisiones a la atmósfera, agua residual y ruido y vibraciones respectivamente (en caso de que apliquen) con una antigüedad no mayor a 90 días a partir de la toma de muestras.

En caso de llevar a cabo un aumento en la capacidad de producción, ampliación de las actividades (comercio o servicios) del establecimiento, ampliación de la planta o local, se deberá dar aviso por escrito a la SEDEMA, para determinar lo procedente.

Actualización anual de la LAUDF

La información sobre el desempeño ambiental del establecimiento se deberá actualizar anualmente durante los primeros cuatro meses del año, a través de la LAUDF.

Al realizar la actualización, los anexos deberán presentarse nuevamente con el objetivo de actualizar la información sobre la operación del establecimiento y facilitar el seguimiento por parte de la autoridad ambiental.

La actualización de la información relacionada con los aspectos ambientales se realiza a través de la presentación de los anexos A, B, C, D y/o E. Los análisis en el caso de emisiones a la atmósfera y el de ruido y vibraciones serán del año calendario inmediato anterior, mientras que el de caracterización de la descarga de aguas residuales no deberá ser mayor a 90 días a partir de la toma de muestras.

Para la actualización de LAUDF el establecimiento queda sujeto a ingresar anualmente el formato de solicitud completo con la información actualizada.

Requisitos de ingreso del formato de LAUDF

A continuación se enlistan los requisitos para la recepción del trámite:

  • La Solicitud de LAUDF deberá ser presentada en escrito por cada establecimiento.
  • Original y una copia de todo lo ingresado quedando esta última como acuse para el establecimiento.
  • En caso de ser una Actualización, anexar una copia del oficio de actualización del año calendario anterior o bien del último año en que fue actualizada la LAUDF.
  • Ingresar un CD con los formatos llenados, conteniendo también la información técnica en caso de contar con Planta de Tratamiento de Aguas Residuales.
  • Los estudios realizados que pueden ser del anexo A, B y D, deben ser ingresados en original.

Para ingresar el formato de LAUDF, ya sea solicitud o actualización con los requisitos anteriormente mencionados, se realizará una revisión en la ventanilla de la LAUDF. Es importante mencionar que cabe la posibilidad de que aún realizando tal actividad se requiera de información adicional.

Consideraciones para la evaluación de la solicitud

La SEDEMA recibirá la solicitud y enviará la información a las áreas competentes para el análisis y captura de la información.

Cuando en algún punto del proceso se carezca de información o existan dudas sobre la misma, se solicitará por escrito información adicional a la empresa. En este caso el procedimiento se suspenderá y reiniciará al día siguiente que se reciba la respuesta. Si el interesado no subsana la falta de información u omisiones en el plazo fijado, la solicitud será rechazada y se informará por escrito a la empresa.

Una vez concluida la evaluación se resolverá sobre el otorgamiento de la solicitud acompañada en su caso de actualización o apercibimiento de acuerdo al cumplimiento ambiental del establecimiento.

La autoridad ambiental podrá realizar una visita de verificación de la información dentro del período de respuesta y una auditoria ambiental.

Llenado del formato de LAUDF

El formato de LAUDF junto con todos los anexos puede descargarse directamente en el portal de la SEDEMA

Para el llenado de los formatos, se deben seguir las instrucciones que aparecen como notas al pie de página de cada formato de la LAUDF y sus anexos.

En ningún caso deberán dejarse espacios de respuesta en blanco. Cuando por razones de índole técnica no sea posible obtener la información que se solicita, deberá indicarse ND (no disponible). Si la información solicitada no aplica al establecimiento deberá indicarse NA (no aplica). Si no se llena alguno de los apartados requeridos, deberá utilizarse el espacio disponible para justificar el porqué no se proporciona la información.

Cédula de operación integral para fuentes fijas de jurisdicción estatal. Estado de México

Antes de abordar este punto es importante hacer la aclaración que cuando una empresa es de reciente creación y desea realizar su COI o en su defecto quiere ponerse al corriente en sus responsabilidades ambientales legales debe primero obtener la Licencia de funcionamiento (registro de emisiones a la atmósfera) la cual tiene como objetivo: Regular a toda empresa, industrial, comercial y servicios (fuente fija), que cuenten con emisiones al ambiente provenientes de las actividades propias para la obtención de un producto, bien o servicio, con el fin de controlar las emisiones a la atmósfera.

Los requisitos son:

  1. Requisitar debidamente el formato denominado “solicitud del registro generador de emisiones contaminantes al ambiente” forma 212110000-te-01B.
  2. Escrito dirigido al director general en papel membretado de la empresa en caso de contar con este.
  3. Ubicación y croquis de localización de la fuente fija, indicando las colindancias.
  4. Diagrama de flujo y descripción detallada del proceso o procesos límites y actividades, indicando los puntos de emisión de contaminantes a la atmósfera.
  5. Relación de materiales, materias primas, combustibles, tipo y consumo, productos y subproductos, indicando nombre químico y/o comercial, características como corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico, inflamable, biológico infeccioso, volumen mensual en la unidad de medida correspondiente y tipo de almacenamiento.
  6. Relación de maquinaria y equipo, indicando por lo menos para cada uno: nombre, especificaciones técnicas y horario de operación, anexando croquis o plano de distribución de los mismos en la fuente fija.
  7. Reporte original actual de la medición de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, de cada punto generador de estas emisiones, realizadas por un prestador de servicios de verificación de emisiones contaminantes a la atmósfera proveniente de fuentes fijas, con registro vigente ante la secretaría, indicando concentración y la cantidad de contaminantes a la atmósfera en unidades de más por tiempo.
  8. Equipos o sistemas de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera, indicando especificaciones técnicas, bases de diseño y memorias de cálculo.
  9. Programa de contingencias, en el formato que la secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevaran a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.

Registro generador de emisiones contaminantes al ambiente

El primer documento que nos solicita la licencia es el registro, este viene dentro del mismo documento de la Licencia y tiene un número de forma 212110000-te-01B

Los puntos que solicita son:

  1. Información general de la empresa
  2. Información sobre el proceso de producción, servicio o comercialización
  3. Emisiones a la atmósfera
  4. En materia de ruido
  5. Emisiones por la generación de residuos de manejo especial
  6. Observaciones

Este documento es relativamente corto pero contiene toda la información esencial de la empresa, ya que nos solicita:

  • Diagrama de flujo del proceso y su descripción detallada indicando en el mismo los puntos de generación de contaminantes o en su caso describir las actividades que realiza.
  • Para cada rubro presentar el balance por separado de materias primas, combustibles, productos y subproductos de la siguiente manera:

Como podrán observar esto representa un arduo trabajo que requiere de diversas áreas para un adecuado desarrollo del mapeo de procesos y llenado de los balances de materias primas

Establecimiento generador de residuos de manejo especial

Además de que para la entrega de este documento es necesario el Registro de Establecimiento Generador de Residuos de Manejo Especial.

Los requisitos son:

  1. Requisitar debidamente el formato denominado “solicitud del registro generador de emisiones contaminantes al ambiente forma 212110000-te-01b”.
  2. Escrito dirigido al director general en papel membretado de la empresa en caso de contar.
  3. Tipo y cantidad mensual de residuos de manejo especial.
  4. Datos sobre los prestadores de servicios que recolectan los residuos de manejo especial (registro vigente).
  5. Comprobantes de salida y destino de los residuos de manejo especial.
  6. Reciclamiento y tratamiento de residuos de manejo especial.
  7. Tipo y cantidad de residuos de manejo especial que se reciclan.
  8. Resultados de análisis del laboratorio de los residuos que se transforman en no peligrosos al ser tratados o de aquellos que estando en el listado de residuos peligrosos de la norma correspondiente, se demuestre mediante análisis de laboratorio y certificación de la autoridad federal que no son peligrosos.

Como se podrá notar no se incluyen los residuos sólidos urbanos porque estos se tienen que manejar de forma municipal y el estado delega esta responsabilidad a cada municipio por lo que no entra en los trámites de la Licencia ni de la COI.

Revalidación de la licencia de funcionamiento o cédula de operación integral

Cada año se debe revalidar la Licencia de funcionamiento (registro de emisiones a la atmósfera) y esto se realiza con la Cédula de operación integral para fuentes fijas de jurisdicción estatal, la cual tiene como objetivo: Declarar y actualizar de manera anual, lo relativo a su inventario de emisiones contaminantes al ambiente, provenientes de las emisiones a la atmósfera, ruido, generación de residuos de manejo especial, generación de aguas residuales entre otras; ocurridas en el año calendario anterior. A su presentación.

Requisitos:

  1. Requisitar el formato denominado cédula de operación integral para fuentes fijas de jurisdicción estatal (papel o web) y anexar forma 212110000-te-02b.
  2. El reporte de la evaluación de emisiones a la atmósfera generadas por cada área o actividad, elaborado por un laboratorio registrado y autorizado para este fin o en su caso acreditado.
  3. Copia del análisis realizado a cada descarga de agua residual, elaborado por un laboratorio registrado y autorizado para esto.
  4. Bitácora de generación de residuos de manejo especial, en cantidad y unidad de medida.
  5. Memoria de cálculo de las todas y cada una de las emisiones generadas por materia.

Dentro de la Cédula se encuentran diversos apartados que son los siguientes

  1. Datos de registro
  2. Información general
  3. Inventario de emisiones contaminantes a la atmósfera
  4. Generación de residuos de manejo especial
  5. Abastecimiento de agua y descarga de agua residual
  6. Emisión y transferencia anual de sustancias listadas

Todos los formatos que se han comentado en esta sección los puede encontrar en el portal web de la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de México

Licencia Ambiental Única, preguntas frecuentes

1.- ¿Cuándo se debe tramitar la licencia ambiental única?

Cuando una empresa nueva tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera y que se encuentre incluida dentro de los sectores industriales tales como: químico, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgico, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementero y calero y de tratamiento de residuos peligrosos establecidos en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y además su actividad este considerada en el listado de subsectores específicos del artículo 17 Bis del Reglamento de la misma Ley en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la atmósfera.

Las empresas que estén operando y no cuenten con autorización mediante una licencia, podrán tramitar la LAU bajo el esquema de regularización.

2.- ¿Si tengo licencia de funcionamiento, puedo tramitar una licencia ambiental única?

Sí. Las empresas pueden solicitar de manera voluntaria la licencia ambiental única bajo el esquema denominado relicenciamiento. Esto significa que si una empresa tiene licencia de funcionamiento y quiere obtener la LAU podrá solicitarlo a esta dependencia, quien procederá a revisar la solicitud con la información y requisitos necesarios para emitir la resolución, en caso de que proceda otorgarle la LAU, ésta dejará sin efecto a la licencia de funcionamiento. Recuerde que tiene que consultar los requisitos del trámite SEMARNAT-05-002 Licencia Ambiental Única.

3.- ¿Cuándo debo actualizar mi licencia ambiental única y cuáles son los requisitos?

Cuando existe actualización de datos del titular de la licencia (cambio de razón social u otros), aumento en la producción autorizada, cambios en los procesos productivos, incorporación de equipos generadores de emisiones y por ampliación de instalaciones, generación de nuevos residuos peligrosos.

  • Actualización por “Modificación de datos del titular de la licencia (cambio de razón social u otros)”. Requisitos:
    • Apartado de Datos de Registro de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
    • Identificación oficial vigente para personas físicas, y en el caso de personas morales la del representante legal (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar). Copia simple.
    • Acta constitutiva o escritura pública que acredite la modificación, para el caso de personas morales. Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
    • Poder notarial para representantes legales (de ser el caso). Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
    • Registro federal de contribuyentes.
  • Actualización por “Aumento en la capacidad de producción autorizada”. Requisitos:
    • Apartado de Datos de Registro de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
    • Sección I de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
  • Actualización por “Cambios en los procesos productivos, incorporación de equipos generadores de emisiones y por ampliación de instalaciones”. Requisitos:
    • Apartado de Datos de Registro de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
    • Secciones I y II, de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
  • Actualización por “Manifestación de nuevos residuos peligrosos”. Requisitos:
    • Apartado de Datos de Registro de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.
    • Sección IV de la Solicitud de Licencia Ambiental Única para Establecimientos Industriales de Jurisdicción Federal así como las secciones relacionadas con la modificación.

En caso de que se generen nuevos residuos peligrosos debido a cambios en los procesos productivos o nuevas líneas de producción, deberá reportar todo el formato.

  • Copia del Registro como generador de residuos peligrosos (trámite SEMARNAT-07-017: http://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/5527f0d58217e66a790007db), el cual deberá tramitar ante la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de esta Secretaría.

En cualquiera de los casos deberá presentar en original un escrito libre que indique: nombre, denominación o razón social del promovente, domicilio para oír y recibir notificaciones, domicilio del establecimiento, nombre del representante legal y personas acreditadas para recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, órgano administrativo al que se dirigen, lugar y fecha de su emisión, así como la firma del representante legal, el pago de derechos y demás requisitos indicados en las diferentes secciones  según correspondan.

4.- ¿Qué es una fuente fija de jurisdicción federal?

La fuente fija de jurisdicción federal es toda instalación establecida en un solo lugar, que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera y que se encuentre incluida dentro de los sectores industriales tales como: químico, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgico, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementero y calero y de tratamiento de residuos peligrosos establecidos en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, cuyos subsectores específicos podrá consultarlos en el artículo 17 Bis del Reglamento de la misma Ley en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la atmósfera.

5.- ¿Dónde debo realizar el trámite para obtener la Licencia Ambiental Única o la actualización de la licencia ambiental única?

Las fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera ubicadas en el interior de la república y que además pertenecen a los sectores de la industria química, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera, deberán gestionar sus trámites en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECCs) ubicados en la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la entidad donde se ubica la fuente fija de jurisdicción federal.

Aquellos que se ubiquen en la Zona Metropolitana del Valle de México deberán gestionar sus trámites en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT (oficinas centrales), incluyendo a las fuentes fijas que pertenecen al sector Tratamiento de Residuos Peligrosos que se encuentren en el interior de la república.

Cuando las fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera pertenezcan al sector hidrocarburos, deberán gestionar sus trámites en la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).

Aquellas actividades que no estén consideradas en el sector de competencia de la ASEA, como lo es la Actividad de Petroquímica corresponderá a la SEMARNAT su resolución

6.- ¿Cuáles son los municipios que conforman la Zona Metropolitana del Valle de México?

La zona está integrada por las 16 delegaciones de la Ciudad de México y los siguientes 18 municipios del Estado de México: Atizapán de Zaragoza, Coacalco, Cuautitlán de Romero Rubio, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chalco Solidaridad, Chimalhuacán, Ecatepec, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, San Vicente Chicoloapan, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla y Tultitlán.

7.- ¿Cuál es el plazo máximo de resolución del trámite?

Para el trámite de una licencia ambiental única 70 días hábiles. Se podrá ampliar hasta por 60 días más cuando se haya solicitado autorización de impacto ambiental, algún servicio de aguas nacionales o cuando la Secretaría así lo requiera por la complejidad o las dimensiones de la obra o actividad.

Para el trámite de actualización de la licencia ambiental única 40 días hábiles.

8.- ¿Qué debo hacer si actualmente tengo un domicilio y muevo mi empresa físicamente a otro domicilio?

La empresa deberá solicitar la extinción de su licencia actual (ver pregunta 11) y tramitar una nueva licencia ambiental única, ambos trámites los podrá ingresar al mismo tiempo. Lo anterior en virtud de que la licencia se otorga para fuentes fijas establecidas en un solo lugar, cuando cambia el domicilio se considera que es otra fuente fija.

9.- ¿Si cambio mi actividad productiva que debo hacer para regularizarla?

La empresa deberá solicitar la extinción de su licencia actual (ver pregunta 11) y tramitar una nueva licencia ambiental única, ambos trámites los podrá ingresar al mismo tiempo. Lo anterior en virtud de que la licencia se había otorgado por la actividad anterior, por lo que procederá al trámite de una nueva licencia.

10.- ¿Qué trámite debo realizar si queda fuera de operación o cierro mi planta productiva?

La empresa deberá solicitar ante la Delegación Federal de SEMARNAT correspondiente, o en su caso en la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, la extinción de la licencia (ver pregunta 11).

11.- ¿Cómo se realiza el trámite de extinción de una licencia?

La empresa deberá presentar escrito libre que indique: nombre, denominación o razón social del promovente, domicilio para oír y recibir notificaciones, domicilio que tenía el establecimiento, nombre del representante legal y personas acreditadas para recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la extinción de la licencia, órgano administrativo al que se dirigen, lugar y fecha de su emisión, así como la firma del representante legal. Adjuntando la siguiente información:

  • Identificación oficial vigente para personas físicas, y en el caso de personas morales la del representante legal (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar). Copia simple.
  • Acta constitutiva para el caso de personas morales. Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Poder notarial para representantes legales (de ser el caso). Copia simple y original o copia certificada (para cotejo).
  • Registro federal de contribuyentes de la situación fiscal que guarda la empresa. Copia simple.
  • De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos. Original de la carta poder y copias de identificaciones oficia
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Cumplir con la licencia ambiental única y reducir costos
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